Documento de decisión · uso interno

Convertir el programa en diplomado

Qué lo permite la norma, qué configuraciones son posibles, qué cuesta cada una y qué habría que cambiar en el expediente. No es una decisión tomada: es la decisión puesta sobre la mesa con sus consecuencias.

Red Internacional de Diseño (enREDo) · Red UxTIC · Colmena DAO · Agosto de 2026 · versión 1

La conversión es viable, pero no consiste en cambiar la palabra en la portada. Hay un límite normativo que decide la forma de todo lo demás, y conviene verlo antes de elegir nombre.

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El hallazgo que condiciona todo lo demás

En Colombia, un diplomado es educación informal y dura menos de 160 horas

El artículo 2.6.6.8 del Decreto 1075 de 2015 define la oferta de educación informal como aquellos cursos de duración inferior a ciento sesenta (160) horas. No requieren registro ante la secretaría de educación y solo dan lugar a la expedición de una constancia de asistencia. Y toda promoción de esa modalidad debe indicar con claridad que se trata de educación informal y que no conduce a título alguno ni a certificado de aptitud ocupacional.

El propio Ministerio de Educación lo dice sin rodeos en sus preguntas frecuentes: los diplomados hacen parte de la oferta educativa informal, son cursos inferiores a 160 horas que conducen a una constancia de asistencia, no requieren autorización y los pueden ofrecer personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que lo tengan dentro de su misión.

El programa tiene 192 horas. Ese es el problema, y no se resuelve escribiendo.

Por encima de las 160 horas se entra en educación para el trabajo y el desarrollo humano: los programas de formación académica exigen mínimo 160 horas y los laborales 600, y en ambos casos hacen falta licencia de funcionamiento de la institución y registro del programa ante la secretaría de educación de la entidad territorial certificada. enREDo no es una institución de educación para el trabajo y no puede registrar un programa de esa naturaleza.

Queda una tercera vía: que el diplomado lo emita una institución de educación superior dentro de su educación continua, donde la autonomía universitaria le permite fijar la duración. Es exactamente la conversación que el llamado abierto a universidades está tratando de abrir, y hoy no tiene interlocutor.

La restricción de fondo, que es de coherencia y no de norma

Cinco documentos del conjunto declaran que, mientras el rol de institución garante esté vacante, el programa no usa la palabra microcredencial y la constancia afirma solo lo que se puede probar. Adoptar hoy la palabra diplomado apoyándose en el prestigio que esa palabra tiene, sin que cambie nada de lo que respalda la evaluación, sería el mismo movimiento que el programa le enseña a las asociaciones a detectar en un folleto.

Eso no impide la conversión. Obliga a que la conversión sea real: que el nombre corresponda a una figura existente, con su duración, su tipo de constancia y su advertencia obligatoria escritas.

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Tres configuraciones posibles

Configuración A

Diplomado de 144 horas, sin piloto

Se declara diplomado la fase de formación —semanas 1 a 19, 144 horas— y se suprime el piloto. Cabe holgadamente bajo las 160 horas y se puede ofrecer mañana.

A favorInmediato, sin depender de nadie. Encaja sin discusión en la figura legal. La constancia de asistencia es exactamente lo que la norma prevé.
En contraDestruye lo único que distingue al programa. Sin piloto no hay bitácora, ni evidencia comparable, ni informe de cierre, ni el argumento con el que se le habla a un grupo de investigación. Queda un curso más sobre inteligencia artificial, que es de lo que el sector está lleno.
Configuración B · recomendada

Diplomado de 144 horas más fase de investigación aplicada de 48

El diplomado es la fase formativa: 144 horas, semanas 1 a 19, ocho módulos, bajo el límite de las 160. El piloto se separa como fase de investigación aplicada de 48 horas, semanas 20 a 24, con su propio protocolo, su bitácora, su expediente y su informe de cierre. La asociación firma dos cosas: la inscripción al diplomado y la participación en la fase de investigación.

A favorConserva el piloto entero, que es el activo real. Cabe en la figura legal sin forzarla. La fase de investigación no es formación certificable sino participación en un estudio, que es lo que de hecho es: tiene consentimiento informado, protocolo previo y publicación de resultados negativos. Y le da al llamado a universidades dos objetos distintos que ofrecer: avalar un diplomado es más fácil que avalar un programa entero.
En contraDos documentos donde había uno, y dos firmas donde había una. Obliga a explicar la separación a cada junta. Y la suma sigue siendo 192 horas de dedicación real: el ahorro es de figura, no de tiempo, y hay que decirlo así.
Configuración C

Diplomado universitario de 192 horas, coemitido

Una institución de educación superior lo ofrece como educación continua, con las 192 horas intactas y el piloto dentro. Es la mejor versión posible del programa.

A favorResuelve de un golpe el garante, el evaluador externo y la credencial. Las 192 horas y los cuatro créditos calculados dejan de ser un cálculo propio y pasan a ser una decisión institucional.
En contraNo depende de nosotros. Hoy no hay ninguna institución vinculada y el llamado abierto no ha sido publicado, porque le faltan las seis fechas. Adoptar el nombre antes de tener la institución es precisamente lo que el conjunto se prohíbe.

Recomendación

Construir B ahora y dejarla lista para migrar a C. La configuración B no es un plan de contingencia: es la forma correcta de la cosa mientras no haya universidad, y describe con precisión lo que el programa hace. Si aparece la institución, la migración a C consiste en que la universidad asuma las 192 horas como un solo diplomado de educación continua; nada de lo construido se pierde.

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Especificación de la configuración B

Nomenclatura

ElementoDenominación
DiplomadoDiplomado en Inteligencia Artificial, Datos y Decisión Tecnológica para la Apicultura
Fase de investigaciónPiloto de investigación aplicada en la asociación
Conjunto de las dosCohorte piloto 2026-2027
Nombre corto de uso diarioDiplomado y piloto

La regla del catálogo se mantiene: una etiqueta, un concepto. Diplomado designa las 144 horas y nada más; cohorte piloto designa el conjunto de las dos fases. Ningún documento puede usar diplomado para referirse a las 192 horas.

Estructura y cifras

ValorDiplomadoFase de investigaciónConjunto
Horas14448192
Semanas1 a 1920 a 2424
Acompañamiento53 h12 h65 h
Trabajo independiente91 h36 h127 h
MódulosM1 a M8 (18·20·22·22·16·14·16·16)M99
Resultados de aprendizajeRA1 a RA15RA1616
Créditos calculados314

Colisión que hay que declarar en voz alta

La arquitectura retirada en la auditoría decía 144 horas, 3 créditos y 12 semanas. La configuración B vuelve a decir 144 horas y 3 créditos. No es la misma cosa —aquella era el programa completo en 12 semanas; esta es la fase formativa en 19, con 48 horas de investigación además— pero cualquiera que tenga la versión vieja va a creer que la retirada se revirtió. La ficha RET-01 del catálogo y la hoja de valores canónicos deben decirlo con esas palabras, y todo documento que declare 144 horas debe añadir «de formación, dentro de un itinerario de 192».

Qué dice la constancia

Aquí hay una distinción fina que conviene no perder. La norma fija el efecto legal máximo de la constancia de educación informal: no equivale a título ni a certificado de aptitud ocupacional. No obliga a que su contenido se limite a registrar asistencia. La constancia puede seguir diciendo lo que hoy dice —que la persona completó las actividades del módulo, presentó la evidencia prevista y esa evidencia fue valorada según el instrumento declarado— y añadir la advertencia que la norma exige.

Texto obligatorio, en la constancia y en toda pieza de promoción

Este diplomado corresponde a educación informal según el artículo 2.6.6.8 del Decreto 1075 de 2015. No conduce a título alguno ni a certificado de aptitud ocupacional, y su reconocimiento como educación continua o su equivalencia en créditos corresponde a una institución de educación superior conforme a su normativa.

Se mantienen los dos únicos reconocimientos —participante y formador—. El diplomado no crea un tercero, y la fase de investigación no da constancia de aprendizaje: da la coautoría del informe de cierre y el expediente de la asociación, que es lo que la asociación quería.

Lo que no cambia

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Qué hay que tocar en el expediente

PiezaQué cambia
CAN-01 · Hoja de valores canónicosEntra la partición 144 + 48, la denominación de cada fase, los créditos 3 + 1 y la advertencia de educación informal. Se declara la colisión con la arquitectura retirada.
CAN-02 · Matriz de evaluaciónRA1 a RA15 quedan en el diplomado, RA16 en la fase de investigación. Los pesos siguen sumando cien dentro de cada fase, y eso hay que recalcularlo: hoy suman cien sobre las dieciséis.
CAN-03 · CronogramaMarca el corte en la semana 19 como fin del diplomado, no solo como fin de la formación.
COM-01 · Documento para juntasExplica la separación en dos fases y las dos firmas. Es la explicación más difícil de todo el paquete y hay que escribirla bien.
COM-06 · ConvocatoriaCambia el título, añade la advertencia obligatoria y mantiene las 192 horas como dedicación real.
ACA-02 · Sistema de constanciasNueva fórmula de la constancia con la advertencia. Aquí está el trabajo fino.
OPE-02 · Carta de compromisoSe parte en dos, o se mantiene una con dos secciones firmadas por separado.
COM-04 · Llamado a universidadesCambia lo que se pide: avalar un diplomado de 144 horas y acompañar una fase de investigación. Es una petición más pequeña y más fácil de aceptar.
INS-02 · PresupuestoLos costos no cambian. Cambia la etiqueta de las unidades y conviene separar el costo del diplomado del de la fase de investigación, porque se financian de fuentes distintas.

Ocho piezas del expediente siguen marcadas como corregir por la hoja CTR-01. Conviene aplicar esas correcciones antes de la conversión y no al mismo tiempo: dos cambios simultáneos sobre el mismo documento es como se pierde la trazabilidad de cuál introdujo qué.

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Lo que este documento no decide

Esa última no es un trámite. Si el objeto social no la contempla, la conversión no empieza por el currículo sino por una reforma estatutaria.

Fuentes normativas verificadas: Decreto 1075 de 2015, art. 2.6.6.8 (educación informal), que recoge el Decreto 4904 de 2009; Ley 115 de 1994, art. 43; preguntas frecuentes del Ministerio de Educación Nacional sobre educación para el trabajo y el desarrollo humano. Para la equivalencia en créditos: Decreto 1075 de 2015, arts. 2.5.3.2.4.1 y 2.5.3.2.4.2, sustituidos por el artículo 1 del Decreto 1330 de 2019.
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